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sábado, 8 de abril de 2023

 

CINCO MENORES DE EDAD INTOXICADOS POR BEBIDA ALCOHÓLICASEN SEMANA SANTA 2023.

Al día de hoy sábado santo de Semana Santa 2023 se han reportado 53 personas intoxicadas por ingesta de alcohol en República Dominicana, entre ellos, cinco menores de edad entre edades 3 y 17 años.

La información fue confirmada por el director del Centro de Operaciones y Emergencias (COE), Juan Manuel Méndez, durante el primer boletín de Semana Santa “Conciencia por la Vida 2023”. Además, dos menores habían sido reportados como extraviados, quienes fueron llevados a sus padres al momento de encontrarlos.


En su reporte el general agregó que dos personas perdieron la vida en accidentes de tránsitos. Se trata de José Antonio Martínez Aybar, de 33 años, quien falleció en un accidente de tránsito en la salida de San Cristóbal hacia la autopista 6 de noviembre el jueves a las 4:50 de la tarde. 

La otra persona que falleció es Israel Andújar Medina, de 61 años, tras un accidente en la carretera Azua-Barahona. El hecho ocurrió el jueves a las 6:30 de la tarde. 

A pesar de no estar en el boletín, en el día de ayer una persona murió en un accidente de tránsito en la cercanía de la Playa de Najayo, provincia de San Cristóbal. El fallecidos fue identificado como César Luego, quien era voluntario del organismo de socorro.

El reporte dado a conocer por la institución, indica que registraron 32 accidentes de tránsito, resultando afectado 47 personas. De estos, 25 han sido por motocicletas, 4 por vehículos livianos, 2 atropellamientos y un vehículo pesado.

En ese sentido, también se atendieron 13 personas por intoxicaciones alimentarias. 

Hasta el momento no se han notificado ahogamiento de ningún ciudadano durante las asistencias a playas y balnearios del país hasta el día jueves.

Además, se han realizado 1,820 asistencias viales y 411 por situaciones de salud.

La Cruz Roja Dominicana informó que instaló 644 puestos de asistencias con 8,795 voluntarios movilizados y 12 ambulancias equipadas. Mientras que la Defensa Civil tiene registradas 9 asistencias hasta el Jueves Santos, de las cuales, cinco fueron realizadas en diferentes provincias y cuatro en la playa Boca Chica.

En las operaciones desplegadas durante la Semana Santa 2023 están asistiendo miembros de las Fuerza Aérea, la Armada de República, la Unidad Humanitaria de Rescate del Ejército, el Centro de Comando, Control, Comunicaciones, Computadoras, Ciberseguridad e Inteligencia (C5i) de las Fuerzas Armadas, entre otros organismos.

Fuente: diario libre. 


viernes, 7 de abril de 2023

ORACION DE ESTE VIERNES SANTOS.

Durante el Viernes Santo se conmemora a Jesús y su muerte en la cruz para salvarnos del pecado y darnos la vida eterna. El sacerdote se encarga de leer la pasión de Cristo en la liturgia de la Adoración a la cruz. Ese día en las iglesias, las imágenes y el crucifijo son cubiertas con una tela morada y el sagrario se encuentra abierto en señal de que Jesús no está. Por lo tanto, ese día no se celebra la Santa Misa.

 Frases por Viernes Santo

·        “En estos días de Semana Santa resucitemos la fe y esperanza porque ello nos ayudará a encontrar la paz que tanto necesitamos” - (Anónimo).

·        “Seamos humildes de corazón, conozcamos la palabra de Dios que nos da la clave para comportarnos como verdaderos cristianos” - (Anónimo).

·        “Para ti mi deseo de serenidad y todo bien. Que estos días de Pascua te llenen de serenidad y que Dios te siga bendiciendo” - (Anónimo).

·        “Deseo que estos días de Pascua sirvan para que tu corazón deje de lado el orgullo y la ambición para intercambiarlo por humildad y perdón” - (Anónimo).

·        “Si sientes que tu vida no va por buen camino, pide a Dios que te ilumine para que cambies tu dirección por el lado correcto. Buena Pascua” - (Anónimo).

 


MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA SEMANA SANTA
 

La Semana Santa es la conmemoración cristiana anual de la pasión de Cristo, es decir, de la entrada a Jerusalén, la última cena, el viacrucis, la muerte y resurrección de Jesús de Nazaret. Comienza el Domingo de Ramos y finaliza el Domingo de Resurrección, aunque su celebración suele iniciarse en varios lugares el viernes anterior, es decir, el Viernes de Dolores. La fecha de la celebración es variable: entre marzo y abril.

 

Sigue siendo Cuaresma hasta el atardecer del Jueves Santo, cuando da comienzo el Triduo Pascual: ese mismo día se celebra la institución de la Eucaristía en la última cena; el Viernes Santo, la crucifixión y muerte del Señor, y la noche del Sábado Santo, la Vigilia Pascual. Durante la Semana Santa tienen lugar numerosas muestras de religiosidad popular a lo largo de todo el mundo, destacando las procesiones, penitencias y las representaciones de la Pasión, muerte y resurrección de Jesús.

En algunos países se ha tomado como días de asueto, lo que también le ha valido la denominación de Semana Mayor.

En gran parte del mundo existen celebraciones asociadas a la Semana Santa, algunas de ellas de un enorme interés a nivel internacional.

 

SEMANA SANTA: ORACIÓN DEL VIERNES SANTO

“Oh Dios, tu Hijo, Jesucristo, Señor nuestro, por medio de su pasión ha destruido la muerte que, como consecuencia del antiguo pecado, a todos los hombres alcanza. Concédenos hacernos semejantes a él. De este modo, los que hemos llevado grabada, por exigencia de la naturaleza humana, la imagen de Adán, el hombre terreno, llevaremos grabada en adelante, por la acción santificadora de tu gracia, la imagen de Jesucristo, el hombre celestial. Él, que vive y reina por los siglos de los siglos. Amén.”

 SEMANA SANTA: ORACIÓN AL CRISTO CRUCIFICADO

“Mírame, ¡oh mi amado y buen Jesús!, postrado en tu presencia: te ruego, con el mayor fervor, imprimas en mi corazón vivos sentimientos de fe, esperanza y caridad, verdadero dolor de mis pecados y firmísimo propósito de jamás ofenderte; mientras que yo, con el mayor afecto y compasión de que soy capaz, voy considerando y contemplando tus cinco llagas, teniendo presente lo que de ti, oh buen Jesús, dijo el profeta David: “Han taladrado mis manos y mis pies y se pueden contar todos mis huesos.” (Salmo 21: 17-18)”

SEMANA SANTA: ORACIÓN POR LA LIBERACIÓN DE 33 ALMAS DEL PURGATORIO

“Te adoro, Oh Santa Cruz, que fuiste adornada por el cuerpo santísimo de mi Señor, cubierta en tinta de su preciosísima sangre. Te adoro, mi Dios, puesto en la cruz por mí. Te adoro. Oh Santa Cruz, por amor de aquél que es mi Señor.”

El viernes santo es el día que se reza tradicionalmente por todas estas almas que desean poder descansar en los brazos de Dios. El hijo del Padre ha muerto con el objetivo de abrirnos el camino hacia él. Cuando se realiza esta oración por 33 veces, arrodillado ante su cruz, permite liberar 33 almas del purgatorio.

SEMANA SANTA: ¿QUÉ SIGNIFICA EL COLOR MORADO EN LA LITURGIA?

El color morado en la liturgia de la Iglesia quiere decir luto. Se viste de negro la imagen de la Virgen en señal de luto por la muerte de su Hijo. Este día podemos recordar a Jesús leyendo el Evangelio de San Juan, capítulo 18, versículos 1-19, 42.

Durante el viernes santo la Iglesia sugiere guardar el ayuno y la abstinencia. Se acostumbra rezar el Vía Crucis y meditar en las Siete Palabras de Jesús en la cruz. Se participa en la Liturgia de Adoración a la Cruz con mucho amor, respeto y devoción para acompañar a Jesús en su sufrimiento antes de su crucifixión. A las tres de la tarde, recordamos la muerte de Jesús rezando el Credo. 

domingo, 8 de mayo de 2022

 

EMPRESA CHINA POR PRÁCTICAS ABUSIVAS CONTRA TRABAJADORES ES CERRADA.

El Ministerio de Trabajo dispuso el cierre de la empresa Kington Aluminium, por encontrar indicios de prácticas abusivas que ponen en peligro la vida de sus trabajadores.

Durante la inspección de supervisores de la institución fueron constatadas distintas violaciones. Entre ellas, a salarios mínimos, horas extras, falta de comité de seguridad y salud en el trabajo. Además, violaciones relativas al descanso semanal, falta de pago salario vacaciones, no disfrute de vacaciones y jornadas excesivas de trabajo.

miércoles, 20 de abril de 2022

Durante tiroteo por un punto de drogas en Santiago deja el saldo de Tres hombres muertos.

 

Durantetiroteo por un punto de drogas en Santiago deja el saldo de Tres hombres muertos.

Al menos tres hombres murieron la tarde de este miércoles durante un enfrentamiento a tiros entre grupos, supuestamente por el control de un punto de venta de drogas en la comunidad de Quinigua en el distrito municipal de Jacagua, de la provincia Santiago.



viernes, 15 de abril de 2022

Emisoras de radio y televisión como cada año inician los operativos informativos de Semana Santa 2022.

Emisoras de radio y televisión como cada año inician los operativos informativos de Semana Santa 2022.

Las emisoras y canales que figuran en los operativos son: GRUPO MEDRANO, CERTV, TELEMICRO, Z-101, RCC MEDIA, Y ACD

El servicio de la información se ha diversificado esta Semana Santa, con una amplia red de operativos que llevarán a cabo consorcios de cadena de radio y televisión.

“Z Semana Santa Dominicana, de la Z 101; “Minuto a Minuto”, del Grupo de Medios Telemicro;  “Vive la Pasión, Vive la Cobertura en Vivo” de CERTV; “Super Semana Santa”, del Grupo Medrano; “Amor por la Vida”, de RCC Media y “Semana Santa Segura”, de ACD Media, son parte de los operativos informativos que tendrán a la población, y en especial a los vacacionistas al tantode del acontecer noticioso durante los días asueto.

“Z Semana Santa Dominicana”, el operativo que produjo por muchos años el fenecido locutor Willie Rodríguez, como uno de los más escuchados del país, inicia desde mañana jueves con cobertura, en vivo, desde la zona norte en Santiago y Puerto Plata, el viernes en el Este del país,  el sábado en Boca Chica y el domingo desde el puente Juan Carlos.




domingo, 7 de febrero de 2021

LAS AUTORIDADES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VEGA SE REUNIERON CON LAS PRINCIPALES ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DE LA ZONA ALTOS DE HATICO LAS CARMELITAS Y BAYACANES.

 

En la mañana de hoy domingo 7 de febrero del 2021, se efectuó la reunión con las principales organizaciones sociales de los sectores de Altos del Hatico, Nibajé, Las Carmelitas y Bayacanes, dicha reunión fue convocada por el ayuntamiento de La Vega la cual estaba presente la Vice-alcaldesa Lida. Amparo Custodio, el encargado del departamento del Arbitrios Licdo. Juan de Dios, el encargado del departamento de residuos sólidos Ing. Genao y la alcaldesa pedánea la señora Ana María Lima.





Estando presente los principales dirigentes comunitarios de las principales organizaciones comunitarias: EL BLOQUE DE ORGANIZACIONES ACTIVAS DEL HATICO (BOAE), EL CONSEJO COMUNITARIO VEGANO, VOCES DEL CAMÚ, así también los presidentes de las principales de las JUNTAS DE VECINOS que conforman dicho sector.




Los temas tratados entre las organizaciones comunitarias y los funcionarios del ayuntamiento Municipal de La Vega donde de inmediato los comunitarios se refirieron a el tema que en cabezo la reunión fue el de los animales y sus sueños, así como también la recogida de basura, las construcciones de aceras y contenes así también las denuncias de las principales problemáticas de todos los sectores.


Lo más importante es que ya según la información de parte de la Vice-Alcaldesa LICDA. AMPARA CUSTODIO que en los próximos días ya por aprobación en asamblea de la sala capitular de la compra de varios camiones para reforzar la recogida de basura en los sectores que estos han tenido deficiencia y que los mismo también se refirió a que el ayuntamiento ya está trabajando con el apresamiento de todos los animales que están encontrando con los animales y que en los próximo días iniciaran con los sometimientos correspondiente ante la justicia de todos los dueño irresponsables, comunicando que ya el ayuntamiento cuenta con nuevo equipo de apresadores y que estos ya han apresados desde la formación del dicho equipo de apresadora más de 50 animales como san  vacas, caballos entre otros, multando por la suma de Cinco Mil pesos por cada animal y levantando una acta de compromiso por parte del dueño de no volver a incurrir en dicho incumplimiento, otros animales aún no han sido reclamados por sus dueños como por el ejemplo el caballo con cual se estrelló la hoy occisa la joven ARIANNY MARCIEL LORA RODRIGUEZ.

Los comunitarios manifestaron que la violación de la ley 248-12 y que estos animales son conducidos por niño de menos de 12 años de edad en violación de la ley 136-03, haciendo un llamado a la Fiscal de La Vega de Niños, Niñas y Adolescente, así como también a Conani, Gobernación y Salud Pública.

De igual forma los comunitarios se refirieron a que los antiguos apresadores muchos cogían sobornos y que esperaban que en esta gestión no haber vacas sagradas, donde de inmediato el encargado del departamento de arbitrios  LICDO. JUAN DE DIOS se refirió al tema que de ser así  que cuidado al apresador de ser encontrado en corromperse porque de ser así en la inmediato será destituido y puesto en la acción de la justicia por complicidad, de igual forma exhorto que a las personas que sigan denunciando que a través de las denuncias es que el ayuntamiento puede resolver y conocer las problemáticas  de los sectores de La Vega y que juntos a los presidente de los grupos comunitarios.

Esperemos que a través del nuevo equipo de apresadores y las denuncias realizadas por los comunitarios se pueda erradicar por completo los dos principales problemas que tenemos en estas comunidades que conforman Altos del Hatico y zonas aledañas que son los animales sueltos y la recogida de basura.

sábado, 6 de febrero de 2021

SIGUE LA IRRESPONSABILIDAD DE LOS DUEÑO DE ANIMALES EN LA COMUNIDAD DE ALTOS DE EL HATICO LA VEGA Y COMUNIDADES ALEDAÑAS.

    Tras la muerte de la joven ARIANNY MARCIEL LORA RODRIGUEZ por consecuencia de unos caballos que se le atravesaron en el momento en que se desplazaban en una motocicleta el pasado 26 de enero del 2021,  siendo esta recluida en un centro de salud perdiendo la joven ARRIANNY MARCIEL LORA RODRIGUEZ la batalla productos a los golpes que sufrió en la cabeza y parte del cuerpo.

Ya no basta que continúen los accidentes y las muertes provocada por estos animales por la inconsciencia de los dueños de estos,  las autoridades de La Vega han dado a demostrar que son incompetente para poder dar frente al problema que enfrentan y que conforman las comunidades de Altos del Hatico donde ya no es posible transitar con tranquilidad, ni seguridad ya que en todo momento nos encontramos con múltiples de animales como son  vacas, caballos andando errante en las vías publicas dichas comunidades.

También nos hemos percatado de que son niños mayormente los que salen a buscar los animales para llevarlos al lugar donde ellos como capataz o trabajadores son los que recogen, llevan, arrean las vacas y siempre los hacen en las horas tempranas de la mañana y al final de la tarde.


Así de esta manera como podemos observar en las fotos tomada y en viadas a nuestro corresponsal de NOTICIAS COMUNITARIA VEGANA, lo cual hacemos nuevamente el llamado a las autoridades competentes de que van a esperar para tomar acción ate este peligro latente y continuo en que viven los habitantes de estas comunidades. Es importante resaltar que en fecha 15 de abril del año 2020 ya hicimos aun publicación haciendo el llamado principalmente al Ayuntamiento Municipal de La Vega  respecto que estos dueños de estos animales deben tenerlos vigilados donde hasta eses momento aun no había muerto nadie.



Nos preguntamos cual es la responsabilidad penal y civil que acarrea estos dueños irresponsables de los animales ya que la ley de protección animal  y tenencia responsable No.248-12 en sus artículos: Articulo 17.- Obligaciones de los dueños de animales domésticos. Son obligaciones de los dueños de animales domésticos: 1) Mantener a los animales en el hogar en condiciones de higiene adecuadas para su salud y la de la familia; 2) Facilitar momentos de esparcimiento y diversión al animal; 3) Crear las condiciones en el hogar que impida que el animal se escape; 4) No criar mayor número de animales en su hogar, que aquellos que puedan ser mantenidos y controlados para que no hagan daños a terceros, ni afecten la salud pública; 5) Otras establecidas en el reglamento de aplicación de esta ley. Articulo 18.- Obligaciones de los criadores de animales. Son obligaciones de los criadores de animales: 1) Poseer espacios físicos de cría en condiciones adecuadas, que queden cubiertas todas las necesidades básicas, su protección y cuidado; 2) Utilizar procedimientos adecuados para la cría y cuidado de los animales, conforme a los adelantos científicos; 3) No realizar actos u omisiones carentes de motivos razonables o legítimos, que sean susceptibles de causar a un animal dolores o sufrimientos considerables o que afecten gravemente su salud; 4) Preparar y adecuar los lugares de cría, de forma tal que los animales estén protegidos del sol y la lluvia. 5) Otras establecidas en el reglamento de aplicación de esta ley. Artículo 19.- Obligaciones comunes. Son obligaciones comunes de los dueños y criadores de animales: 1) Alimentar, dar agua y velar por la salud y las condiciones de vida de los animales, observando su especie; 2) No causar ni permitir se cause daño, sufrimiento, maltrato o tratos crueles a los animales de su propiedad o bajo su cuidado; 3) No descuidar la morada y las condiciones de movilidad, higiene y albergue de un animal al grado de que esto pueda causar sed, insolación, dolores que atente contra su salud; 4) Mantener un control estricto y sistemático de vacunas oficiales, principalmente contra la rabia; 5) Otras establecidas en el reglamento de aplicación de esta ley. Artículo 26.- Alimentación. Los animales empleados en carga o tiro tienen que ser alimentados de forma recurrente, sin que pase un espacio de tiempo superior a las cinco horas consecutivas sin alimentación y agua. Artículo 31.- Traslado de los animales. El traslado de animales por acarreo o en cualquier tipo de vehículo, debe realizarse durante un tiempo prudente que no afecte la salud de los animales, aportando de forma periódica, la alimentación, agua y el descanso que necesiten. Artículo 33.- Carga y descarga de los animales. La carga y descarga de los animales debe realizarse con medidas que aseguren la salud del animal, empleando rampas, puentes fuertes y amplios con apoyos para ascenso o descenso. Artículo 34.- Vagones de transporte. Para el traslado de los animales deben utilizarse remolques o vehículos con ventilación, pisos adecuados y con espacio para el descanso de los animales, y con protección que impida que les afecten el calor, frío, sol, lluvia o polvo. Artículo 35.- Transporte para cuadrúpedos. Los vehículos de transporte empleados para el traslado de animales cuadrúpedos deben ser amplios, para permitir que los animales puedan echarse a descansar. Artículo 36.- Transporte de Aves o animales pequeños. El traslado de aves o cualquier otro animal pequeño debe hacerse en cajas, huacales o jaulas que tengan amplitud y ventilación, que no permitan que los animales se maltraten o se causen daños. Artículo 37.- Construcción de cajas o huacales. Las cajas, huacales o jaulas en las que se trasladen los animales o aves, tienen que ser construidas de madera sólida, que evite su deformación con el peso de las que se colocan sobre ellas y pongan en riesgo sus vidas. Artículo 40.- Prohibición a los propietarios, encargados y empleados. Todos los propietarios, encargados y empleados de los establecimientos destinados a la exhibición y venta de animales tienen prohibido lo siguiente: 1) Mantener a los animales en los locales que no reúnan las condiciones establecidas en esta ley; 2) Mantener aglomerados a los animales por falta de amplitud; 3) Someter a los animales a tratamientos rudos que les produzcan lesiones de cualquier naturaleza; 4) Tener a la venta animales lesionados, sea cual fuera la gravedad de la lesión; 5) Tener animales vivos expuestos a luz solar directa; 6) Mutilar o pelar ranas y reptiles vivos o descuartizar tortugas, peces. Artículo 47.- Prohibición en la sala de sacrificio. Queda prohibida la presencia de menores en las salas de sacrificio antes, durante y después del sacrificio de cualquier animal. Artículo 59.- Prohibiciones generales consideradas negligencias. Queda prohibido y se consideran negligencias: 1) Mantener a un animal bajo su cuidado deliberado en condiciones sucias o permitir que sea infectado con parásitos externos o no le suministre tratamiento veterinario si el animal lo necesita; 2) No inspeccionar y limpiar, personalmente, todos los días, las trampas o artefactos puestos; 3) Cometer omisiones voluntarias o hacer cualquier cosa que cause o procure sufrimiento innecesario a un animal.

En cuanto la ley también trae sus sanciones: Artículo 64.- Sanción por negligencia. Toda persona que violente lo que establecen los artículos 17, 18, 19, 26, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 47 y 59 de esta ley, será castigada con prisión de uno (1) a tres (3) meses y una multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos establecidos por la Tesorería de la Seguridad Social. 

En esta referida ley es una obligación de los ciudadanos realizar las denuncias según el articulo 75.- Demanda a autoridades. Todo ciudadano o grupo de ciudadanos tienen el derecho de demandar a las instituciones públicas a que se refiere esta ley, el cumplimiento de la misma, solicitar las informaciones pertinentes, la puesta en práctica de los mandatos legales y las casas albergues u otras medidas propias de la participación ciudadana y el control social.
En este enlace puedes conocer mas de la ley 248-12:



El articulo 1385 del Código Civil Dominicano reza de la siguiente manera: el dueño de un animal, o el que sirve de el, por el tiempo de  su uso, es responsable del daño que ha causado aquel, bien sea que estuviese bajo su su custodia o que se le hubiera extraviado o escapado. 

Por tanto la ley condena a todo dueño irresponsable ya que el legislador a contemplado ante la ley el reparo de su negligencia ante las personas afectadas por los animales que andan errante en los caminos.


La ley 136-03 en sus articulados 34 y 40 de la referida ley: Articulo 34.- DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN LABORAL. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección contra la explotación económica. El Estado y la sociedad deben elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y medidas de protección tendentes a erradicar el trabajo de los niños y niñas, especialmente los definidos como peores formas de trabajo infantil. La familia debe contribuir al logro de este objetivo. Párrafo.- La protección contra la explotación laboral de niños, niñas y adolescente es responsabilidad del Estado, ejercida a través de la Secretaría de Estado de Trabajo, en coordinación con el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), quienes se amparan en las disposiciones del Código de Trabajo de la República Dominicana, el Convenio 138 de la OIT sobre el Establecimiento de la Edad Mínima de Admisión al Empleo y el Convenio No.182 sobre la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y otros instrumentos internacionales ratificados por el país, así como las reglamentaciones y recomendaciones que sobre el trabajo infantil disponga el Comité Directivo Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil.
Articulo 40- Se prohíbe el trabajo de las personas menores de (14) Catorce. La persona que por cualquier medio compruebe la violación a esta prohibición podrá el hecho en conocimiento a la Secretaria de Estado de Trabajo y del Consejo Nacional para la Niñez y la adolescencia (CONANI) a fin de que se adopten  las medidas adecuadas para dicho menor cese sus actividades laborales y se reincorpore al sistema educativo, en caso de que este fuera del sistema.

En cuanto a la violación de la referida ley nos contempla las sanciones a incurrir  en su Articulo 44.- SANCIONES. Las violaciones, por acción u omisión, de las disposiciones contenidas en este capítulo, en las cuales incurra el empleador, constituirán falta muy grave y serán sancionadas conforme a los artículos 720 y siguientes del Código de Trabajo. Párrafo I.- Cuando el empleador que emplee adolescentes se niegue a otorgar informes, documentos, inspecciones de lugares de trabajo requeridos por las autoridades competentes, comprometerá su responsabilidad y será sancionado conforme lo establecido en éste artículo.
 
Párrafo II.- El tribunal competente para imponer estas sanciones es la jurisdicción laboral. De ser necesario, podrá escucharse la declaración del adolescente, siempre en cámara de consejo.

En resumen este problema no es solo de una sola institución del gobierno local que es el Ayuntamiento de la Concepción de La Vega sino también de cada una de las organizaciones que depende de justicia como son: Fiscalía, Ministerio Publico, Fiscalía de Niño, Niñas y Adolsecentes, Conani, Salud Publica, Medio Ambiente, Ayuntamiento Municipal, Gobernación y ya en ultima parte el empoderamiento de las organizaciones sociales. con solo tener estas organizaciones una unión  e unificación para hacer el trabajo y buscar soluciones para la eliminación de los problemas que le afectan a las comunidades.

Con esto no quiero quitar responsabilidad al Ayuntaminto de La Vega, porque es la institución principal para enfrentar estos problemas y su deber es buscar todas las estrategias necesaria apoyadas en las leyes para solucionar los problemas que nos afectan a  todos.