Consejo delPoder Judicial ratifica destitución jueces por faltas graves
El Consejo del Poder Judicial (CPJ) ratificó la destitución de
tres jueces hallados culpables de la comisión de faltas graves en el ejercicio
de sus funciones.
Mediante
Resolución núm.12/2016, desestimó un recurso de revisión elevado por los
cancelados magistrados Rosó Vallejo Espinosa, de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, y José Dionisio Duvergé
Mejía, de la Segunda Sala del Juzgado de Trabajo de esa jurisdicción.
El
Consejo declaró inadmisible el recurso interpuesto por los procesados
disciplinariamente, en contra de la Resolución No.07/2016, dictada el 21 de
julio.
Vallejo
Espinosa y Duvergé Mejía fueron separados del cargo, juntos al juez de la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo
Domingo, Víctor Mejía Lebrón, por violación de los artículos 66, numeral 1, 44
numeral 7 y 41 numeral 2 sobre Carrera Judicial; así como los principios de
conciencia funcional e institucional, honestidad, legalidad y prudencia,
establecidos en el Código de Ética del Poder Judicial. También los artículos 5,
6, 7, 8, 10, 13 y 53 del Código Iberoamericano de Ética Judicial.
En
tanto que a través de la Resolución núm. 11/2016 fue refrendada la
desvinculación del cargo del juez de la Instrucción del Distrito Judicial
de Constanza, Juan Antonio Lazala Bautista, quien fue hallado culpable de
cometer faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
El
órgano de gobierno del Poder Judicial tomó la decisión durante el conocimiento
de una solicitud de revisión de la Resolución núm. 03/2016, dictada el 4 de
marzo del 2016.
En
su Resolución núm. 11/2016, consideró que en el conocimiento del juicio
disciplinario en contra de Lazala Bautista se cumplieron las reglas
establecidas por la Constitución de la República, la Ley No.28-11, del Consejo
del Poder Judicial; la 327-98, de Carrera Judicial y su Reglamento, y la 821-27
sobre Organización Judicial.
Según
consta en la Resolución núm. 3/2016, el magistrado Lazala Bautista fue
encontrado culpable de violar los artículos 66, numeral 1, 44 numeral 7 y 41
numeral 2 sobre Carrera Judicial; así como los principios: Conciencia funcional
e institucional, honestidad, legalidad y prudencia, establecidos en el Código
de Ética del Poder Judicial. También los artículos 5,6,7,8,10, 11, 12, 43, 74,
75 del Código Iberoamericano de Ética Judicial.
Fuente: el Caribe
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